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lunes, 25 de febrero de 2008

No a la Idolatría -1-

Hoy por hoy el concepto de Idolatria puede parecer anquilosado en el pasado. Lejos de ser así, el ser humano ha construido con l razón y el conocimiento (herramiento fundamental recogida al probar del "Arbol del Conocimiento del bien y del mal") un mundo casi a su medida que le sigue siendo hostil. Nuestro refugio sigue siendo la adoración a los bienes materiales, no de una manera religiosa pero con una metodología a veces tan dogmática que se acerca a lo que los antiguos llamaban idolatría . La sociedad de consumo nos llama una y otra vez a ver nuestros deseos cumplidos al adquirir tal o cual producto. La adicción a lo material nos hace dependientes de ello en muchos casos. Esa "adoración" moderna sigue siendo Idolatría. Así empieza la descripción de la idolatría en el camino del Gentil Justo"


La esencia de las Siete Leyes Universales es la prohibición en contra de la idolatría. Aquel que reverencia a una deidad, distinta al Creador, niega el fundamento de la religión,y rechaza la completitud de las Siete Leyes Universales. Por otro lado, quien se guarda a si mismo de la idolatría, demuestra creer en Dios y afirma la completitud de las Siete Leyes Noájidas.

El mandamiento que prohibe la idolatría enseña que no se debe servir a cosa creada alguna --- a ningún ángel, a ninguna planta, a ninguna estrella, a ninguno de los cuatro elementos (tierra, agua, fuego, aire) ni a ninguna cosa formada por ellos. Es adoración idolátrica incluso cuando el individuo conoce que Dios es el Ser Supremo y reverencia a la creación "sólo" como una forma de glorificar tanto la grandeza de Dios como Su capacidad para crear cosas y seres notables.

La mayor parte de la documentación acerca de la idolatría se adentra en el razonamiento legal de que se puede hacer y que no se puede hacer. Estos presupuestos hacen, a mi parecer superficial un concepto que va más allá de una mera descripción legalista(por muy fundamentada que esta sea).

Si en su día los antiguos adoraban los astros o los elementos por creerlos fuente de la vida, hoy adoramos otro tipo de ídolos que nos confeccionamos a nuestra medida (televisión, fútbol etc). Esto no se traduce en un "odio" hacia las cosas. No se trata de eso. Se trata de relativizar el valor de las cosas. La condena a la adoración a las estrellas o los elementos que los judíos realizaban antaño no significa que de por sí sean malos. Al contrario, son obras de la creación. Lo que se trata es de poner a cada uno en su lugar y de darle el valor a estos elementos en su justa medida.

La idolatría ha sido uno de los males combatidos por la ética judía. La reverencia a la creación es también condenada, aunque pueda parecer excesivo. Como ya dije no se trata de no respetar la creación (en cuyo caso no existiría liturgia alguna pues siempre se utilizan "elementos" para realizarla) sino de no poner a Dios por debajo de éstos. El combate contra idolatría es una exhaltación de la unidad que une a todos los hombres y a la Tierra con la Causa última de todas las cosas. El entendimiento de que los elementos son partes de un gran sistema y no el sistema en sí se puede analizar de una manera evidente en los textos cabalísticos. Ese mismo esquema de desapego (que no renuncia) a los elementos materiales se ve reflejado también, aunque de una manera más extrema en las filosofías budistas ("el deseo conduce a la infelicidad")

Como vemos, el mandamiento de la idolatría guarda una gran correlación con el de la blasfemia, pues cumplen una misma misión: el respeto a Dios. Si no se empieza a respetarle, o al menos a reconocer lo pequeños que somos en el gran engranaje del universo no podremos encontrar enseñanzas trascendentales en ninguna filosofía.

Para más información sobre los pormenores legales de la prohibición de la idolatría podeis visitar este link

http://fulvida.com/elcamino/ESidolatry.php.html


Fuentes:
El Caimino del Gentil Justo de Chaim Clorfene y Yakov Rogalsky por cortesía de FULVIDA


lunes, 31 de diciembre de 2007

Los 66 preceptos

Como ya se dijo, los 7 mandamientos para las naciones son muy generales y contienen muchas reglas derivadas, interpretadas por los sabios judíos. Algunas de estas reglas derivadas han intentado ser explicadas por sabios como el gran Maimónides.

Las interpretaciones son, evidentemente, determinadas por las costumbres y legislación judía, y en varios casos ha habido discrepancias claras.

El Dr. A. Lichtenstein ha estructurado, de acuerdo a lo dicho por Maimónides, una serie de reglas derivadas de los 7 mandamientos de Noé. Para el desarrollo de esta lista se han tomado los conceptos legislativos propios del judaísmo, o sea, la costumbre propia. De hecho podemos distinguir algunos de los mitzvot propios del judaísmo.

Esta lista ha sido publicada en Serjudio.com, un sitio judío ortodoxo. Algunas de estas reglas pueden ser más o menos severas, pero teniendo en cuenta que no hay un corpus legal claramente desarrollado y consensuado para los Bnei Noaj, creo que es necesario tomar esta estructura como propuesta, y no como dogma.

No idolatría

Prohibido pensar en la posibilidad de que exista una deidad que no sea Di-s, el Uno y Único.
Prohibido hacerse, o mandar a hacer, cualquier imagen con fines de adorarla.
Prohibido hacer ídolos para uso de otros.
Prohibido hacer cualquier escultura (de las vedadas), aunque no sean expresamente con fines idolátricos.
Prohibido jurar por cualquier falsa deidad, ni adorarla, ni ofrendarle cualquier cosa, ni realizar ningún ritual religioso frente a un ídolo, incluso aunque no sea el acto habitual de adorarlo.
Prohibido adorar cualquier idolatría de acuerdo a sus ritos corrientes.
Prohibido sacrificar a los hijos, o hacerlos pasar por el fuego, en honor al Molej/Moloc.
Prohibido la práctica y consulta de Ov.
Prohibido la práctica y consulta de Idoni.
Prohibido recurrir a cualquier cosa idolátrica, sea de palabra, pensamiento, acción o cualquier otra cosa que pueda inducir a apartarse de Di-s.

No blasfemar

Reconocer la existencia del Eterno.
Reverenciar a Di-s.
Rezarle a Di-s.
Santificar el Santo Nombre de Di-s, incluso a través del martirio.
Prohibido execrar el Santo Nombre de Di-s, aunque se llegue al martirio.
Estudiar las partes permitidas de la Torá.
Honrar a los sabios de la Torá, y respetar a los maestros propios.
Prohibición de maldecir (proferir insultos).


No robar

Prohibido hurtar (en secreto).
Prohibido robar (abiertamente).
Prohibido usurpar.
Prohibido estafar (mentir).
Prohibido negarse a pagar lo que se adeuda.
Prohibido cobrar de más.
Prohibido codiciar.
Prohibido desear lo ajeno.
Permitir al obrero comer de los frutos de su labor, cuando se dan determinadas condiciones reglamentadas.
Prohibido para el obrero comer de los frutos de su labor, cuando las condiciones no lo habilitan.
Prohibido para el obrero llevarse los frutos de su labor, deben ser ingeridas en el lugar de trabajo.
Prohibido secuestrar.
Prohibido usar falsos pesos y medidas.
Prohibido poseer falsos pesos y medidas.
Se debe ser exacto en el uso de pesos y medidas.
El ladrón debe devolver, o compensar economicamente, lo que ha robado.

No asesinar

Prohibido asesinar a cualquier persona (asesinato no es lo mismo que matar o ajusticiar).


No relaciones sexuales ilícitas

Prohibido copular con la madre.
Prohibido copular con la hermana.
Prohibido copular con la esposa del padre.
Prohibido copular con la esposa de otro hombre.
Prohibido copular un hombre con un animal.
Prohibido copular una mujer con un animal.
Prohibido mantener relaciones sexuales homosexuales masculinas.
Prohibido mantener relaciones sexuales un hombre con su padre.
Prohibido mantener relaciones sexuales con el hermano del padre.
Prohibido ponerse en cualquier situación que pueda derivar en un acto sexual prohibido.


Establecer cortes de justicia

Designar jueces y oficiales de justicia en cada una de las comunidades.
Tratar con igualdad a los litigantes.
Indagar diligentemente en el testimonio de los testigos.
Prohibido proceder maliciosamente contra alguno de los litigantes.
Prohibido que el juez reciba regalos o sobornos de los litigantes.
Prohibido que el juez honre a uno de los litigantes en juicio.
Prohibido que el juez actúe movido por el temor a uno de los litigantes.
Prohibido que el juez llevado por su compasión favorezca a un litigante pobre.
Prohibido que el juez discrimine a un litigante porque sea un pecador.
Prohibido que el juez, llevado por su debilidad, no imponga las penas justas y apropiadas.
Prohibido que el juez discrimine contra el extranjero, el desamparado o el huérfano.
Prohibido que el juez oiga la declaración de uno de los litigantes en ausencia del otro.
Prohibido designar a un juez con reconocida ignorancia de la ley.
Prohibido incriminar bajo evidencia circunstancial.
Prohibido castigar por delitos cometidos bajo coerción.
La corte es la capacitada para administrar la pena capital.
Prohibido que la ley sea tomada bajo propia mano, vengarse.
Obligación de prestar testimonio en la corte.
Prohibido prestar falso testimonio.


No comer partes de un animal con vida

Prohibido comer partes de un animal que esté con vida.
Prohibido comer partes de un animal que haya sido muerto por otro animal.

preceptos extraídos de Vida Noájida.



Mi opinión sobre el desarrollo de los 7 mandamientos de Noé será explicada en sucesivos posts .